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Mostrando entradas de agosto, 2016

Más allá de la interpelación: la crisis del Sename

El artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño señala que en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas, una consideración primordial será atender al interés superior del niño. Con la firma de esta Convención de Derechos Humanos, el Estado de Chile se comprometió, en el año 1990, a asegurar al niño la protección y el cuidado que sea necesario para su bienestar. Buscando en definitiva  el desarrollo de su personalidad y su plena integración en la sociedad. En la interpelación realizada en la Cámara de Diputados a la Ministra de Justicia se discutía cual era el número de niños muertos que estaban resguardados en las casas del SENAME. Así es,  nuestras autoridades no discutían el porqué de esas muertes, sino el número de ellas, como si uno solo de esos niños no fuera suficiente para alertar al país de que algo falla en nuestra sociedad. Pero al margen de toda esta inmediatez desvergonzada de la cual fue testigo Chile entero, estupefacto